El TSJ catalán anula el decreto de terapias naturales
(www.diariomedico.com - martes 16 de Junio de 2009)
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado el decreto de terapias naturales de la Generalitat de Cataluña al otorgar a personal no sanitario el ejercicio de funciones estrictamente sanitarias.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado el Decreto catalán 31/2007, por el que se regulan las condiciones para el ejercicio de determinadas terapias naturales. La resolución admite parte del recurso de la Organización Médica Colegial, que alegaba que la normativa autonómica "regula las condiciones para el ejercicio de determinadas terapias naturales como actividades orientadas al fomento de la salud y al bienestar de las personas, por lo que incide en la competencia exclusiva del Estado". Además, las actividades que reconoce la norma a los prácticos en terapias naturales "son propias de las profesiones sanitarias tituladas a que se refiere la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias".
El fallo no descarta la competencia autonómica para desarrollar una materia básica del Estado, pero analiza si la regulación es acorde o no con las normas estatales.
Materia sanitaria
La exposición de motivos agrupa determinados actos según criterios naturistas, acupuntura y terapia natural china y terapias manuales y técnicas manuales y el fallo, tras analizar el contenido de dichas técnicas y la definición que la norma hace de los profesionales que las ejercen, afirma que el decreto regula "unas actividades que tienen como finalidad la preservación, conservación y restauración de la salud de las personas, para lo que se aplica una diagnosis y eventualmente soluciones para los problemas de salud". En consecuencia, dicha normativa "tiene incidencia en la salud de las personas".
Por tanto, la legislación estatal "no padece falta de regulación" para la ordenación de las terapias no convencionales, sino que "prevé indiferenciadamente que las actividades sanitarias sólo puedan ser ejercidas por profesionales sanitarios y en los establecimientos reconocidos", por lo que el decreto es "disconforme con el ordenamiento jurídico al reconocer el ejercicio de actividades materialmente sanitarias a profesionales no sanitarios y en centros no sanitarios ".
Multiples demandas
El decreto de terapias naturales catalán nació en vuelto en la polémica pero, tras la intervención del Colegio de Médicos de Barcelona, se logró que no afectase al personal sanitario. El primer auto de suspensión parcial (artículos 5.1, 5.2, 5.3 y 12.2e y disposiciones transitorias primera, segunda y tercera) fue la respuesta del TSJC a la demanda de la Academia Médico-Homeopática de Barcelona; luego hubo un segundo auto de suspensión contra el núcleo de la norma, por una demanda del Ministerio de Sanidad. También lo recurrieron la Organización Médica Colegial, el Colegio de Médicos de Gerona y médicos acupuntores de Barcelona.